La Convención de los Derechos del Niño
La Convención fue adoptada unánimemente mediante resolución de la
Asamblea General, el 20 de noviembre de 1989. Se abrió a la firma de los
Estados Miembros el 26 de enero de 1990 y ese mismo día 61 países la
firmaron.
DERECHO A LA VIDA: El niño debe disfrutar de las mejores condiciones para
su desarrollo, alimentación adecuada y hogar.
DERECHO A LA SALUD: Siempre que el niño esté enfermo, debe ser
atendido por un médico y con los medicamentos y cuidados necesarios para su
curación.
DERECHO A LA EDUCACIÓN: Todos los niños deben aprender a leer y
escribir. También tienen derecho a disfrutar de su tiempo libre y a participar en
actividades culturales y artísticas.
DERECHO A LA FAMILIA: El niño necesita que le cuiden sus padres y cuando
esto no sea posible o no tenga familia, la sociedad le buscará un hogar donde
crecer feliz.
DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA CUALQUIER DISCRIMINACIÓN:
Todos los niños poseerán los mismos derechos sin distinción de raza, sexo,
idioma o religión.
DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS: Todos los
niños deben ser respetados por los adultos, nadie les podrá humillar ni
maltratar..
DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA LA EXPLOTACIÓN: Ningún niño
debe realizar actividades que pongan en peligro su salud. Por debajo de la
edad reglamentada, no deben trabajar.
DERECHO A LA PAZ: Los niños no deben intervenir en guerra alguna ni ser
torturados, encarcelados o condenados a muerte. Las medidas educativas
deben prevalecer sobre las represalias.
DERECHO A LA IDENTIDAD: Todo niño tiene derecho a elegir y practicar su
religión, hablar su idioma, conservar sus costumbres y su cultura.
DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN: Todos los niños tiene derecho
a opinar de aquellos temas que le conciernen y siempre que sus intereses así
lo
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